14/03/23
Mediante el Decreto 131/23, el gobierno prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2023, inclusive, la vigencia de las disposiciones del Decreto N° 34 del 22 de enero de 2021, que establece la exención en el 75 % del pago de las contribuciones patronales que se destinen al SIPA.
También, se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2023, inclusive, a partir de la fecha de su vencimiento, la vigencia de las disposiciones del artículo 2° del Decreto N° 577 del 5 de septiembre de 2022, fijándose las alícuotas allí establecidas, para los hechos imponibles que se perfeccionen a partir del 1° de marzo de 2023, inclusive, en el 8,50 ‰, para los créditos y débitos en cuenta corriente y para las restantes operaciones referidas en el primer párrafo del artículo 7° del Anexo del Decreto N° 380 del 29 de marzo de 2001 y sus modificatorios, respectivamente.
FUENTE: IGNACIO ONLINE.