15/05/25
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) anunció una flexibilización en los Planes de Facilidades de Pago permanentes: a partir del 1 de mayo de 2025, se reducirá el porcentaje del pago a cuenta requerido al momento de adherir a estos planes para las deudas vinculadas a los impuestos a los Bienes Personales y Ganancias.
La modificación, establecida a través de la Resolución General 5681/25, tiene como objetivo fortalecer la administración tributaria y alentar el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales.
Gracias a esta medida, los contribuyentes podrán financiar una porción mayor del total adeudado.
Nuevos porcentajes de pago a cuenta según tipo de contribuyente:
• Pequeños contribuyentes, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro: del 25% al 17%.
• Medianas empresas – Tramo 1: del 25% al 23%.
• Medianas empresas – Tramo 2: del 30% al 23%.
• Demás contribuyentes: del 35% al 28%.
Cómo adherirse al plan
La adhesión se realiza ingresando al sistema “Mis Facilidades” en el sitio web de AFIP, seleccionando la opción “RG 5321 – Plan de Facilidades de Pago Permanente”. Para facilitar el proceso, se encuentra disponible una guía paso a paso en el siguiente enlace:
Requisitos para acceder al plan:
• Contar con domicilio fiscal electrónico constituido.
• Tener presentadas las declaraciones juradas.
• CUIT activa.
• CBU informada
También se extiende el plazo para adherirse a los planes de pago vigentes.
Mediante la Resolución General 5680/25, ARCA también resolvió extender hasta el 30 de mayo de 2025 el plazo para que Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, entidades sin fines de lucro, contribuyentes del sector de salud y pequeños contribuyentes puedan adherirse a los planes de pago vigentes.
Este régimen incluye obligaciones vencidas y multas aplicadas hasta el 31 de diciembre de 2024, y contempla deudas impositivas, de la seguridad social, retenciones, percepciones y tributos aduaneros.
Condiciones destacadas:
• Financiación con tasas reducidas: 25% de la tasa resarcitoria para pequeños contribuyentes y 40% para medianas empresas.
• Plazos de financiación:
• Hasta 48 cuotas para micro, pequeñas empresas y similares.
• Hasta 36 cuotas para medianas empresas.
• Menor cantidad de cuotas (24 y 18) para retenciones y percepciones.
La adhesión se realiza a través del sistema “Mis Facilidades” con Clave Fiscal y requiere tener CUIT activa, CBU informada, presentadas las declaraciones juradas y domicilio fiscal electrónico constituido.
FUENTE: Diario el Norte.