26/05/25
Mediante el Decreto 353/2025, publicado en el Boletín Oficial, se introducen medidas que forman parte de una estrategia integral para impulsar la formalización económica, reducir la carga burocrática y fomentar la inversión.
La norma sienta las bases para una transformación del sistema administrativo y fiscal, con foco en crear herramientas que faciliten el cumplimiento de las obligaciones impositivas, especialmente para personas humanas y sucesiones indivisas. En ese contexto, se establece además la implementación gradual de un régimen simplificado de declaración del Impuesto a las Ganancias.
PUNTOS PRINCIPALES DEL DECRETO:
1. Simplificación de trámites administrativos y de inversión
Se ordena la desregulación de todos los procedimientos relacionados con inversiones y adquisiciones, respetando las normas y compromisos internacionales. El Banco Central (BCRA) será el encargado de dictar la normativa complementaria.
2. Revisión normativa de la UIF
La Unidad de Información Financiera (UIF) debe evaluar si es necesario modificar su normativa actual sobre prevención del lavado de activos, financiación del terrorismo y proliferación de armas, en un plazo de 30 días.
3. Régimen simplificado del Impuesto a las Ganancias
A partir del período fiscal 2025, la nueva Agencia de Recaudación y Control Aduanero deberá poner en marcha un sistema opcional y simplificado para que personas humanas y sucesiones residentes n el Impuesto a las Ganancias, basado en información del fisco y/o aportada por terceros. No se informaría más el patrimonio y sus variaciones ni la determinación del monto consumido
4. Desburocratización de regímenes fiscales
Se instruye a dicha agencia a simplificar también otros regímenes de información, fiscalización y gestión tributaria.
5. Creación del Sistema de Finanzas Abiertas (Open Finance)
Se crea este sistema para que, mediante consentimiento explícito, personas humanas o jurídicas compartan su información financiera con entidades registradas ante el BCRA, facilitando así el acceso al crédito y la inclusión financiera.
6. Coordinación interjurisdiccional
La autoridad del sistema podrá colaborar con organismos nacionales, provinciales y municipales para garantizar la seguridad en el manejo de los datos compartidos.
7. Obligaciones en materia de prevención siguen vigentes
El decreto aclara que no se modifican ni eliminan las obligaciones antilavado establecidas en la Ley 25.246. La agencia recaudadora deberá colaborar con otros entes públicos en esta materia.
8. Protección del secreto fiscal
La norma mantiene el secreto fiscal, salvo cuando exista consentimiento expreso del contribuyente. BCRA y la agencia recaudadora dictarán normas específicas para su implementación segura.
9. Vigencia
El decreto entra en vigencia desde su publicación oficial, es decir hoy miércoles 23 de mayo de 2025.
10. NO SE TRATA DE UN BLANQUEO
Estas nuevas medidas no constituyen un blanqueo en sentido estricto, sino que implican una flexibilización de los controles y restricciones vinculados al uso del dinero por parte de los contribuyentes. Es importante destacar que el aumento de los umbrales, junto con la eliminación del requerimiento de determinada información, podría facilitar la utilización de fondos no declarados. Un aspecto clave a considerar será cómo se redefinirá el esquema de fiscalización sobre los contribuyentes a partir de estos cambios.
EN RESUMEN:
Este decreto avanza hacia un modelo fiscal y financiero más moderno y accesible, simplificando
procesos, digitalizando trámites y fomentando la formalización y el acceso al crédito, sin
renunciar a los controles legales sobre lavado de activos ni a la protección de datos.
Esta medida se formalizará en dos etapas, la primera con la firma del presidente de un Decreto
de Necesidad y Urgencia, y la segunda etapa sería a través del envío al Congreso de la Nación un proyecto de ley para evitar que en un futuro se dicten medidas en la dirección contraria, buscando
tener garantizar la seguridad jurídica de los contribuyentes.
Nuevos umbrales para el reporte de operaciones financieras

Fuente: Estudio Rivarossa & Asociados