31/12/25
El Poder Ejecutivo, por medio del decreto 923/2025, prolongó hasta el 31 de diciembre de 2026 la posibilidad de que las microempresas puedan optar por computar, hasta un 30 % del impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias, como pago a cuenta de hasta el 15 % de las contribuciones patronales -dispuesto por el D. 394/2023.
La acreditación como pago a cuenta no obsta la aplicación de las disposiciones del artículo 6° de la Ley 27264 de Carácter Permanente del Programa de Recuperación Productiva y sus modificaciones, tanto por el 70% restante del impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias, efectivamente ingresado, como así también por el remanente no utilizado.
Fuente: Errepar