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Impositivas / Tributarias
09/01/26

Ley de Inocencia Fiscal: ARCA brinda precisiones sobre el nuevo esquema de sanciones administrativas

La flamante ley 27799 introduce un cambio de paradigma en la relación fisco-contribuyente. 

Si bien busca reducir la litigiosidad y establece un 'Tapón Fiscal', actualiza severamente los montos de las multas de la ley 11683 que habían quedado desactualizados por años.

El fin de la automaticidad en las sanciones

Uno de los puntos más destacados de la Ley de Inocencia Fiscal es la modificación en el procedimiento de aplicación de sanciones por parte de la ARCA. El objetivo es diferenciar al contribuyente con incumplimientos ocasionales del incumplidor frecuente.

A partir de ahora, el organismo no aplicará multas de forma automática al vencimiento del plazo. 

El nuevo esquema procedimental establece:

  • Aviso previo: ARCA enviará un recordatorio con una antelación de 10 a 15 días hábiles al vencimiento.
  • Merituación de la demora: se faculta al organismo a graduar la sanción según los días de retraso, rompiendo con la rigidez de las medidas anteriores.
  • Instancia de intimación: la multa solo se aplicará una vez agotado el plazo del recordatorio sin que se haya regularizado la presentación.
Salto en los montos de la Ley 11683

Para acompañar este nuevo criterio de razonabilidad, la ley actualiza los montos mínimos de las sanciones administrativas, buscando recuperar el valor disuasivo de las mismas.

  • Omisión de presentación de declaración jurada (Personas Humanas): antes de $ 200, ahora de $ 220.000
  • Omisión de presentación de declaración jurada (Personas Jurídicas): antes de $ 400, ahora de $ 440.000
El nuevo Régimen Penal Tributario

La reforma no solo alcanza lo administrativo, sino que eleva drásticamente los umbrales de punibilidad para los delitos tributarios, ajustándolos a la realidad económica actual:

  • Evasión Simple: el monto mínimo para la configuración del delito sube de $ 1.500.000 a $ 100.000.000 por tributo y ejercicio.
  • Evasión Agravada: el umbral se eleva de $ 15.000.000 a $ 1.000.000.000.
  • Actualización automática: a partir de 2027, estos montos se ajustarán anualmente por la unidad UVA, evitando la erosión inflacionaria de los límites penales.

FUENTE: ERREPAR
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