La CNV por medio de la RESOLUCIÓN GENERAL 995/2024 readecua las exigencias en torno a ciertas operaciones de valores negociables con liquidación en moneda extranjera, complementarias a los Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre (BOPREAL) emitidos por el BCRA para el pago a proveedores del exterior.
En este sentido, se exceptúa desde el 1 de abril del cumplimiento del plazo mínimo de tenencia en cartera para transferir los mismos a entidades depositarias del exterior y de los límites y régimen informativo previo requeridos tanto para dar curso a dichas transferencias como para concertar su venta con liquidación en moneda extranjera en el exterior.
FUENTE: ERREPAR