A través de la Resolución 9/2024, publicada este viernes en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo fijó el Salario Mínimo, Vital y Móvil en $221.052. a partir del 1° de Abril de 2024 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo; y en $1105,26 por hora, para los trabajadores jornalizados. Mientras que a partir del 1° de Mayo el sueldo mínimo de los primeros empleados ascenderá a $234.315,12.; mientras que para aquellos que para los segundos, la hora subirá a $1171,58.
A su vez, se estableció que “la Prestación por Desempleo prevista en el artículo 118 de la Ley Nº 24.013, para los trabajadores convencionados o no convencionados, será equivalente a un 75% del importe neto de la mejor remuneración mensual, normal y habitual del trabajador en los seis 6 meses anteriores al cese del contrato de trabajo que dio lugar a la situación de desempleo. En ningún caso la prestación mensual podrá ser inferior al 50% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente, ni superior al 100% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente”, aclaró el Gobierno de Javier Milei.
FUENTE: IGNACIO ONLINE