BIENES PERSONALES

Respecto a este impuesto, y tal cual se informó en las “Medidas Fiscales” anteriores, se aprobó un aumento a 100 millones de pesos el piso a partir del cual una persona se encuentra alcanzada por el tributo (Mínimo no Imponible) y se modifican las alícuotas progresivas que van del 0,5% al 1,5%. Además, se eliminan las diferencias entre bienes locales y bienes del exterior. 

Entre 2024 y 2026 quedarían vigente solo dos alícuotas, entre 1,25% y 1,50% y desde 2027, una única tasa de 0,25%. 

Finalmente, se establece el Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (“REIBP”), que permite pagar ahora los impuestos hasta 2027. Esto será optativo y voluntario.

FUENTE: Estudio Rivarossa & Asociados

ver adjunto
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