IMPUESTO A LAS GANANCIAS – EMPLEADOS EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA

Tal cual compartimos en la novedad de principios de esta semana, se derogó el impuesto cedular que alcanzaba a los empleados en relación de dependencia, cuando superaban los $2 millones mensuales.

Con la nueva ley, la cual amplía el universo de empleados alcanzados, quedan de la siguiente manera:

• Trabajadores solteros: a partir de un salario bruto de $1.800.000 --> Neto aproximado de $1.400.000.

• Trabajadores casados con 2 hijos: a partir de un salario bruto de $2.200.000 --> Neto aproximado de $1.800.000.

A continuación, mostramos algunos ejemplos sobre cómo quedarían las retenciones de ganancias, con las distintas alternativas de cargas de familia. 

 

SOLTERO

1 HIJO

2 HIJOS

Bruto

Retención

Retención

Retención

2.000.000,00

10.939

2.182

                  -

2.500.000,00

80.979

57.735

37.439

3.000.000,00

184.817

156.679

129.490


Los números expuestos en el cuadro anterior son valores orientativos y no se tiene en cuenta el aguinaldo ni la deducción por cónyuge. 

A modo de referencia el trabajador casado puede deducir a su cónyuge solo cuando perciba ingresos anuales menores a $2,9 M.

Fuente: Estudio Rivarossa & Asociados

ver adjunto
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