Finalmente el Gobierno eliminó “la inscripción obligatoria en el Registro Único de la Cadena Agroalimentaria (RUCA) para todos los productores que comercializan granos y/o derivados granarios para consumo propio”.
Así se publicó en la resolución 69/2024 en el Boletín Oficial con la firma del secretario de Agricultura, Sergio Iraeta. Según explicaron, el objetivo es “continuar con el proceso de desburocratización de la actividad agropecuaria”.
“La medida, anticipada por Milei se enmarca en una serie de políticas que buscan simplificar la industria agropecuaria, potenciar la producción y fortalecer la inserción internacional del campo argentino. Esta nueva disposición apunta a evitar la duplicación de registros y reducir los pasos administrativos para el sector. Hasta ahora los productores que deseaban comprar y/o vender granos para consumo de sus animales debían inscribirse tanto en AFIP y en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (Renspa) del Senasa, como en el RUCA, bajo la categoría Comercializador de granos y/o derivados granarios para consumo propio”, indicaron.
En este sentido, aclararon que por los próximos 30 días “los 13.875 operadores agropecuarios actualmente inscriptos en esa categoría seguirán activos en el registro y, en caso de tener que actualizar su documentación, deberán hacerlo por la misma vía”.
“Además, todo aquel productor que quiera comprar granos para consumo propio deberá inscribirse en la actividad. Pasados los 30 días, el registro de la actividad dejará de tener efecto en el RUCA y la implementación del nuevo sistema simplificado para los productores que comercialicen granos y/o derivados granarios para consumo propio quedará a cargo de la AFIP”, dijeron.
En la normativa destacaron que “el productor que compre granos o derivados granarios continuaría con la autorización de recibir cartas de portes de granos y derivados granarios, liquidaciones primaria de granos (compras) y liquidaciones secundarias, según corresponda”.
Fuente: LA NACIÓN