CONVENIOS COLECTIVOS: ¿FIN DE LOS APORTES EMPRESARIALES OBLIGATORIOS?

El Gobierno prohibió la imposición de contribuciones económicas a empleadores no afiliados en convenciones colectivas 

El Poder Ejecutivo, mediante el Decreto 149/2025, publicado en el Boletín Oficial de hoy, tiene como objetivo reforzar la autonomía de la voluntad colectiva de las partes, donde se plasman o pactan condiciones de trabajos. 

En la normativa, se estableció que las Convenciones Colectivas de Trabajo no podrán incluir cláusulas que impongan aportes, contribuciones o cargas económicas a empleadores no afiliados a cámaras o asociaciones empresariales firmantes del convenio, a menos que estos acepten dichas cargas voluntariamente. 

A partir de la entrada en vigencia, la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social no homologará nuevas negociaciones colectivas que incluyan este tipo de cláusulas. 

Según la administración, al emitir este decreto, destacó que la medida apunta a fortalecer la autonomía convencional y respetar los derechos de todas las partes involucradas en las relaciones laborales'. 

¿A quiénes afecta esta medida? 

Algunos de los ejemplos que se pueden mencionar a los cuales impacta son: 

. INACAP en el sector de comercio 
. IERIC en la construcción. 

En ambas entidades, hasta el momento se incluían contribuciones obligatorias para todos los empleadores. 

Por lo tanto, con la nueva norma se detalla que las contribuciones a estas y otras entidades similares solo serán válidas si los empleadores han aceptado formar parte de ellas y, en dicho caso, podrán revocar esa aceptación en cualquier momento. 

Esta resolución entrará en vigor a los 90 días de su publicación en el Boletín Oficial, es decir el 3/6/2025, para dar tiempo a las partes involucradas a ajustar sus acuerdos a las nuevas disposiciones. 

FUENTE: ERREPAR 

ver adjunto
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